Micelio
Auto17 de mayo de 2017

A- de 2017

Ponente Carlos Libardo Bernal Pulido

Demandante Ercinda Mahecha·Demandado Fonvivienda Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto De Competencia En Tutela
  • Se remite el expediente al despacho judicial que en primer lugar conoció el asunto, para que de manera inmediata tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Octavo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con Funciones de Conocimiento de Bogotá y la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior de la misma ciudad.

Teniendo en cuenta que la disputa entre las dos autoridades judiciales involucradas en el presente asunto se suscitó con ocasión de la aplicación del artículo 1 del Decreto 1382 de 2000, la Corte Constitucional decidió remitir el expediente a la autoridad a la cual se repartió en primer lugar, esto es, al Juzgado Octavo de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con Funciones de Conocimiento de Bogotá, para que de forma inmediata continúe con el trámite de primer instancia y profiera la decisión de fondo que corresponda.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 5 de abril de 2017, por medio del cual, el Juzgado
  2. Octavo. (8º) de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con Funciones de Conocimiento de Bogotá se abstuvo de asumir el conocimiento de la acción de tutela presentada por la señora Ercinda Mahecha en contra del Departamento Administrativo de la Prosperidad Social y el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda).
  3. Segundo. REMITIR el expediente de la referencia al Juzgado
  4. Octavo. (8º) de Ejecución de Penas y Medidas de Seguridad con Funciones de Conocimiento de Bogotá, para que tramita y decida la acción de tutela señalada en el ordinal anterior.
  5. Tercero. Por Secretaría General, COMUNICAR a la Sala Penal del Tribunal Superior de Distrito Judicial de Bogotá, y a las partes, el contenido de esta decisión.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.